Código Estructural / sector estructuras, adoptando posturas más restrictivas que las incluidas en anteriores normativas. Obligatoriedad y contenido de los proyectos de de-molición. Se definen los criterios de obligatoriedad para la realización de proyecto en actividades de demolición o deconstrucción de estructuras, y se establecen los re-quisitos exigibles a los contratistas para poder realizar este tipo de actividades. La imagen situada en la parte superior de la página anterior muestra los casos en los que es obligado el pro-yecto de demolición para estructuras de hormigón, que también es aplicable a estructuras de acero y mixtas hor-migón-acero. Nueva documentación para garantizar la adecua-ción de los productos con marcado CE. Desaparece el concepto de idoneidad al uso de los productos con mar-cado CE, y se sustituye por la presunción de veracidad de la declaración de prestaciones del producto por par-te del fabricante, ajustando los requisitos documenta-les para el control de los productos al Reglamento (UE) nº 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, y a la modificación del mode-lo de declaración según Reglamento Delegado (UE) nº 574/2014 de la Comisión, de 21 de febrero de 2014. Estructuras: inclusión de nuevos hormigones especia-les en el articulado. Se incorporan al articulado el hormi-gón autocompactante y el hormigón reciclado, los cuales estaban en la EHE-08 en los anejos, y se mantienen en los anejos el hormigón con fibras y el hormigón ligero. Se incorpora al anexado del código el hormigón pro-yectado, quedando fuera hormigones como son los de ultra-altas prestaciones, los pesados, los drenantes y los refractarios, entre otros. Exclusiones específicas relativas a las estructuras de hormigón. Es de destacar que quedan fuera del marco se incluyen más especificaciones relativas a la ejecución de los distintos tipos de estructuras, adoptando posturas más restrictivas que las incluidas en anteriores normativas